Intendente Asenjo destacó importancia de la promulgación de la ley de Portabilidad Financiera
Se trata de una iniciativa impulsada por el Ministerio de Hacienda que busca facilitar a las personas y también a las micro y pequeñas empresas a cambiarse de proveedor de productos financieros, tales como cuentas corrientes, tarjetas de crédito, créditos hipotecarios, de consumo y automotrices.
Así lo explicó el Intendente de Los Ríos, César Asenjo, que resaltó la iniciativa que fue promulgada este martes por el Presidente Sebastián Piñera, y que apunta a mejorar la transparencia y la competencia del mercado financiero.
La autoridad sostuvo que “el Presidente Sebastián Piñera ha escuchado a la ciudadanía, especialmente quienes se sentían abusados por las grandes empresas financieras, y ha impulsado una serie de medidas que buscan hacer que en nuestra economía y en nuestra sociedad no existan conductivas anticompetitivas, ni carteles, ni monopolio, además de fomentar la transparencia y la mejor información”.
Asenjo enfatizó en que el compromiso del Gobierno es combatir con fuerza los abusos y avanzar en una sociedad más justa y que proteja mejor a los consumidores, que sabemos históricamente se han sentido abandonados, así poder seguir avanzando en construir un país más justo y solidario con todos nuestros vecinos” dijo la autoridad.
Portabilidad
La ley entrará en vigencia transcurridos 90 días desde su publicación en el Diario Oficial. Por otra parte, la Ley establece que, en 45 días desde su publicación en el Diario Oficial, y permitirá regular y transparentar el proceso de portabilidad, especificando los pasos a seguir, plazos, formalidades e información a entregar, de manera que los clientes puedan decidir si portarse o no a una nueva institución financiera, conociendo de antemano los plazos, etapas y el funcionamiento del proceso, con lo cual se fortalece la protección del consumidor financiero.
¿Qué entidades financieras están consideradas para la Portabilidad Financiera?
- Bancos
- Compañías de seguros
- Agentes administradores de mutuos hipotecarios
- Cooperativas de ahorro y crédito
- Cajas de compensación
- Instituciones que coloquen fondos de manera masiva (por ejemplo, empresas que otorgan créditos automotrices)
- Emisores de tarjetas
- Otras entidades fiscalizadas por la CMF