Autoridades en Los Ríos destacan promulgación de Ley que crea el Registro Nacional de Deudores de Alimentos

Esta Ley permitirá agilizar el cobro de las deudas por pensiones de alimentos y, con ello, el establecimiento de condiciones, retenciones e incluso prohibiciones a quienes formen parte del registro vigente.

En el marco de la conmemoración del día Internacional de la Mujer, el Presidente Piñera anunció el ingreso del proyecto de Pensiones de Alimentos, medida que viene a instalar un cambio de paradigma, estableciendo nuevas sanciones para el deudor que incentivan el pago y buscan alivianar la carga que actualmente recae sobre la madre.

Autoridades de Los Ríos destacaron la iniciativa que este miércoles 10 de noviembre fue promulgada y que, entre otras cosas, generará importantes incentivos para que los padres cumplan lo que es un deber parental, la manutención de sus hijos e hijas y no dejar está responsabilidad sola en las madres.

El Delegado Presidencial de Los Ríos, César Asenjo, destacó la importancia de este registro promulgado por el Presidente Sebastián Piñera, destacando que “sabemos la importancia que tiene esta ley para aquellas madres (principalmente), padres o cuidadores que se hacen cargo de sus hijos y que no reciben la manutención que corresponde. En nuestro país, 2 de cada 3 mujeres que están a cargo de sus hijos, no recibe ninguna pensión de alimentos de los padres de los niños, como corresponde. Esta situación no solamente es injusta, es inaceptable, es por ello, que sabemos que hemos dado un importante paso adelante para hacer justicia a esos niños, adolescentes y muy especialmente a esas madres que se esfuerzan por entregar un mejor futuro para sus hijos” afirmó el delegado.

La Seremi de la Mujer y la Equidad de Género en Los Ríos, Karla Gubernatis, precisó que “este es un paso muy importante para miles de familias chilenas monoparentales y con jefatura femenina y, por supuesto para las niñas, niños y adolescentes de nuestro país. La responsabilidad de crianza no debe recaer al cien por ciento sobre los hombros de las mujeres. Con esta ley, quienes integren la base de datos del Registro Nacional de Deudores, sufrirán una serie de consecuencias en su diario vivir, a través de las cuales se verán obligados a pagar sus pensiones adeudadas. Se abandona en parte la lógica de las sanciones punitivas, para avanzar en la incorporación de medidas de carácter estimulante para los deudores”.

Así mismo, Gubernatis hizo énfasis en que, con la creación del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos “vamos a acabar con la cultura del incumplimiento que se había instalado en Chile, donde cerca del 85% de los padres no pagan las pensiones de alimento”.

El Seremi de Justicia y DDHH de Los Ríos, Rodrigo Oñate, explicó que “con esta nueva Ley, se crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, será 100% en línea y administrado por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Este registro permitirá mediante acciones específicas, que los deudores de pensiones de alimentos cumplan con su obligación legal, y lo más importante, se hagan responsables de sus hijos e hijas que merecen su pensión de alimentos. El objetivo de este Registro, es que sea consultado por diversas instituciones para ver si una persona, es o no, deudora de pensiones de alimentos. Sin duda que esta cultura del no pago de las pensiones, debe ser erradicada y el deber de corresponsabilidad y manutención se debe llevar a la práctica”.

La Directora de la Corporación de Asistencia Judician en la región, Loreto Dueñas, agregó que “a través de todos los Consultorios Jurídicos que tenemos en la región, nuestros abogados van a orientar a todas aquellas personas que tengan dudas respecto de cómo es la aplicación de esta Ley y sus medidas de apremio”. Así mismo, destacó que este beneficio “es universal, es decir, cualquier persona que quiera saber cuáles son las implicancias de estas nuevas medidas de apremio para el cumplimiento de las pensiones de alimento, puede recurrir a nuestros abogados para hacer las consultas respectivas”.  

Dueñas además precisó que “para todos aquellos casos en que las personas no puedan, personalmente, asistir a los Tribunales de Familia o bien, pedirlo a través de los formularios que ellos tienen indicados, vamos a patrocinar las causas de cumplimiento de alimentos pidiendo las medidas que esta nueva Ley establece”.

Entre las medidas de incentivo que aplicará esta nueva normativa a quienes adeuden no pagos por concepto alimenticio en tres mensualidades de pensión de alimentos consecutivas, o cinco discontinuas, encontrarán que al solicitar un crédito bancario por una suma igual o superior a 50 UF, la entidad financiera retendrá parte de los fondos para pagar la deuda. O, durante el proceso devolución de impuestos, la Tesorería también retendrá parte del dinero que se adeude, debiendo pagarlo de forma preferente frente a otras deudas que generen retención

Además, si el deudor vende su inmueble o su vehículo, el Conservador de Bienes Raíces o el Registro Civil, respectivamente, podrán inscribir el traspaso, solo en la medida que se les acredite que con las ganancias se pagarán los alimentos. Si el deudor es el comprador, no se inscribirá el bien, así como tampoco se les otorgará ni renovará la licencia de conducir ni el pasaporte, a menos que se acredite frente al tribunal la necesidad de tales documentos y se garantice el pago de la deuda. Se permitirá la expedición solo por un plazo de 6 meses a 1 año, entre otras medidas.

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