Corte de Valdivia confirma la condena de 10 años y un día de presidio por homicidio y lesiones en Lanco

La Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó la sentencia que condenó a Marcelo Patricio Cabezas Norambuena a la pena de 10 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos consumados de homicidio y lesiones. Ilícitos perpetrados en octubre de 2019, en la comuna de Lanco.

En fallo unánime (causa rol 734-2017), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Juan Ignacio Correa Rosado, Carlos Acosta Villegas y Samuel Muñoz Weisz– rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa, tras desestimar que la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, que se haya pronunciado sobre la eximente de legítima defensa argüida por el impugnante.

“Que en ese sentido, conviene revisar el extenso considerando séptimo, cuya envergadura pudo confundir al recurrente dada la cantidad de elementos que aborda y que podrían dificultar su acertada lectura y comprensión, pero más allá del estilo y forma empleada, se puede concluir que el tribunal no incurre en las omisiones que acusa el impugnante, pues el fallo se hace cargo de todas aquellas cuestiones que en el libelo recursivo se han planteado y que claramente se vinculan no con faltas o deficiencias acusadas, sino con la forma como el tribunal apreció la prueba, dando cuenta de la parcialidad de los testimonios vertidos en estrados y orientados a apoyar las diferentes tesis que se expusieron en torno a la dinámica de los hechos, y de cuyo examen los sentenciadores desestimaron la tesis de la legitima defensa, por no concurrir sus requisitos atento lo dispone el artículo 10 N° 4 del Código Penal”, sostiene el fallo.

“Que, en concordancia con lo anterior, es necesario indicar que la sentencia cumple con las exigencias formales del artículos 342 literal c) y no se visualiza alguna vulneración de las reglas de la sana critica, que sea notoria o evidente, por lo que menester desechar el presunto vicio invocado por la defensa”, añade.

Por tanto, se resuelve que: “se rechaza el recurso de nulidad interpuesto por el abogado Mauricio Aguilera Olivares, en representación de Marcelo Patricio Cabezas Norambuena, en contra de la sentencia de veintisiete de octubre del año en curso, emanada de una sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, la que no es nula como no lo es el juicio del cual procede”.

El tribunal de primera instancia dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que el 23 de octubre de 2019, la víctima, Carlos Alfredo Mesías Peña, concurrió junto a un hijo, cerca de la medianoche, al domicilio de Cabezas Norambuena, oportunidad en la que, tras una discusión el condenado agredió a ambas víctimas con un cuchillo, provocándole la muerte a Carlos Mesías Peña a consecuencia de una lesión tóraco-abdominal y a su hijo, una herida cortopunzante en la zona dorso lumbar izquierda, de cuatro centímetros de longitud, de mediana gravedad.

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