Presidente de Corte de Apelaciones de Valdivia Luis Aedo invita a realizar declaración de patrimonio e intereses
Hasta el 31 de marzo, jueces, notarios, ministros, relatores, conservadores de bienes raíces, secretarios y oficiales 1° de la jurisdicción podrán realizar su declaración de patrimonio e intereses en el marco de la Ley 20.880 sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Intereses.
En este contexto, el presidente de la Corte de Apelaciones de Valdivia, Luis Aedo, señaló que “los presidentes de Corte, así como sus plenos, tenemos el deber de dar cuenta de la obligación que asiste a cada uno de los funcionarios del orden judicial, para poder cumplir con la declaración de interés y patrimonio en tiempo oportuno y también de manera fidedigna y completa”.
El ministro agregó que “esta es una declaración de carácter anual, que se exige cuando la persona asume funciones o deja el cargo. El objetivo de esta ley es resguardar la transparencia y probidad de la función pública, ya que no sólo se tiene el deber de declarar los grados de parentesco, sino que además, el patrimonio que el funcionario público posee, sean estos valores, bienes muebles o inmuebles. Finalmente la ley busca precaver que haya conflicto de intereses con otras personas y velar por la imparcialidad y transparencia”.
En este sentido, el presidente Aedo preciso que “en el evento que la persona no efectúe su declaración en la fecha oportuna, sea inexacta o incompleta, las fiscales judiciales deberán comunicar ese antecedente a la Corte de Apelaciones respectiva a fin de que tome las medidas pertinentes. Estas medidas tienen relación, en primera instancia, con apercibir al declarante , otorgándole un plazo de 10 días hábiles para corregir o realizar la declaración, en el caso que ello no ocurra, se faculta a la Corte de Apelaciones para la aplicación de sanciones, que en este caso corresponden a multas que pueden ir 5 a 50 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), pudiendo esta multa repetirse cada mes de incumplimiento; finalmente, si el declarante no cumple con esta obligación -transcurrido más de cuatro meses-, el Pleno de la Corte, puede pedir incluso la remoción del funcionario judicial”, consignó el ministro Aedo.
“En razón de lo anterior, por encargo adquirido en reunión nacional sostenida con la Sra. Fiscal Judicial de la Excma. Corte Suprema, nos comprometimos a reforzar el oportuno, fehaciente y cabal cumplimiento de este deber en el ámbito del territorio jurisdiccional correspondiente a la Corte de Apelaciones de Valdivia”, concluyó.