Corte de Valdivia declara inadmisible recurso de protección de candidata a gobernadora
La Corte de Apelaciones de Valdivia declaró inadmisible el recurso de protección interpuesto por Carolina Andrea Zúñiga Brito, en contra del ex presidente del Partido Republicano en Los Ríos Daniel Andrés Arzola Garrido, el ex consejero constitucional Jorge de la Maza Schleyer y la candidata a concejala al municipio de Panguipulli por el pacto republicanos e independientes Carola Andrea Cabeza Fuentes, quienes, en su opinión, habrían realizado declaraciones en que ponían en duda la denuncia que dedujo por agresión, extorsión y amenazas en su contra y su familia, acciones que habrían dañado su reputación y candidatura a gobernadora regional.
En fallo unánime (causa rol 2847-2024), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Samuel Muñoz Weisz, Samuel Muñoz Weisz y el abogado (i) Iván Hunter Ampuero– desestimó la acción judicial, tras establecer que los hechos expuestos por la parte recurrente no configuran la vulneración de derechos fundamentales que alega.
“Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales”, plantea el fallo.
La resolución agrega: “Que los hechos expuestos por el recurrente no revisten el carácter de una vulneración de los derechos fundamentales que protege el artículo 20 de nuestra Carta Fundamental. Máxime cuando de la relación de los hechos no se aprecia detalle de la forma en que se produce la vulneración denunciada”.
“Y de conformidad, además, con lo señalado en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara INADMISIBLE el recurso interpuesto en autos”, concluye.