Corte de Valdivia ordena a padre eliminar imagen de red social por vulnerar los derechos de su hija
La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso de protección presentado por la madre de una niña de cinco años, en contra del padre de la menor, luego de tomar conocimiento que el hombre publicó dos imágenes en una red social que vulneran la indemnidad sexual de su hija.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Mario Julio Kompatzki, Marcia Undurraga y la fiscal judicial Gloria Hidalgo– acogió la acción constitucional de protección, tras establecer que la publicación de las fotografías conculcan los derechos de la niña.
“(…) de los elementos de convicción aparejados en esta sede cautelar, dan cuenta sobre la existencia de dos imágenes que constatan los hechos referidos en el presente arbitrio, toda vez que se aprecia una dinámica que importa la evidente vulneración a la indemnidad sexual de una menor de edad, situación que no puede quedar amparada en el hecho de cuestiones cotidianas o coloquiales como la captura de imágenes, respecto de las cuales son los padres los llamados a brindar protección y tutelar los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes y la evitación de todo daño presente o futuro en dignidad y derechos”, señala el fallo dictado ayer, miércoles 16 de diciembre.
La resolución agrega: “En aquel sentido, se asienta para esta Corte la imperiosa necesidad de restaurar los derechos conculcados a la niña protegida, situación que debe ser enmendada por el padre en relación a las publicaciones efectuadas en la red social de Instagram, y procurar la evitación de la producción de nuevas imágenes que impliquen eventuales vulneraciones a su hija”.
“En aquel sentido, se asienta para esta Corte la imperiosa necesidad de restaurar los derechos conculcados a la niña protegida, situación que debe ser enmendada por el padre, en relación a las publicaciones efectuadas en la red social de Instagram y procurar la evitación de la producción de nuevas imágenes que impliquen eventuales vulneraciones a su hija”, concluye el fallo.
La sentencia además dispuso remitir los antecedentes del recurso de protección al Juzgado de Familia de la ciudad donde vive la menor, tribunal donde actualmente se tramita una causa de modificación del régimen de relación directa y regular entre la niña y su padre.