Ministro Mesa procesa a general (r) y 4 exmiembros del ejército como a autores del delito de homicidio calificado de joven conscripto de Regimiento Cazadores

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de las Cortes de Apelaciones de Temuco, Valdivia, Puerto Montt y Coyhaique Álvaro Mesa Latorre, sometió a proceso a Santiago Sinclair Oyaneder, Hernán Agustín Rodriguez Leyton, Victor Hugo Hermosilla Reinoso, Luis Edmundo Riveros Soto y  a  la persona de iniciales H.W.C.R, como autores del delito de homicidio calificado, en su carácter de lesa humanidad, de José Gastón Buchhorsts Fernández. Ilícito perpetrado en faldeos del volcán Villarrica, entre septiembre y noviembre de 1973.

En la causa (Rol 13-2013) el ministro magistrado Mesa Latorre ordenó la medida cautelar de arresto domiciliario total de los cinco procesados, esto, considerando “la naturaleza del delito, la pena asignada, la edad de los procesados y la situación sanitaria en que se encuentra el país”.

La resolución indica además que “Atendido el mérito de los antecedentes, de los cuales se desprende que la libertad de los procesados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad; teniendo en cuenta, también, la sanción legal probable de los delitos en que se les atribuye participación; y visto lo dispuesto en el artículo 363 del Código de Procedimiento Penal, no se les concederá el beneficio de la libertad provisional”.

En la investigación, el ministro Álvaro Mesa pudo establecer que:

A.- Que José Gastón Buchhorsts Fernández, 18 años,  para el año 1973 se encontraba realizando el Servicio Militar Obligatorio en el Regimiento Cazadores de Valdivia, encuadrado en el escuadrón morteros de la esa unidad militar.   El 11 de septiembre de 1973, José Gastón  se encontraba en casa de sus padres, ya que días previos había sido autorizada su salida. Sin embargo, con el pasar de los días y  por la situación que imperaba en el país José Gastón no se presentó oportunamente en su unidad militar, por lo que el padre decidió acompañarlo  para excusar  esta situación, lo que sucedió días posteriores al 11 de septiembre de 1973 [según fs. 102, 141, 139, 141 (tomo I), 721 (tomo III) entre otros antecedentes]. Al llegar a la guardia del Regimiento Cazadores, José decidió no entrar a éste, señalando su padre que iría a realizar unas compras, no regresando a la unidad militar.  [según fs. 33, fs. 142 (tomo I), 1.175  (tomo IV), entre otros antecedentes].

B.- Que producto de la no presentación o no ingreso al Regimiento Cazadores de Valdivia -que en aquella época se encontraba al mando del Coronel Santiago Sinclair Oyaneder- José Gastón Buchhorsts Fernández fue considerado “desertor”, comentándose entre los soldados conscriptos y Oficiales esta situación [según fs. 275 (tomo I),  412, 468, 509, 587 (tomo II), 854, 863, 903, 915 (tomo III) y 1.056 (tomo IV) entre otros antecedentes]. A raíz de ello,   una patrulla a cargo del Teniente Luis Rodríguez Rigo- Richi [fallecido, según  fs. 208 (tomo I)],  e integrada aproximadamente por  8 o 9 soldados conscriptos [según fojas 418, 468, 587 (tomo II) y 854 (tomo III) entre otros antecedentes] , salieron en búsqueda de José Gastón, deteniéndolo en la comuna de Villarrica, trasladándolo hasta el Regimiento , siendo visto en calidad de detenido por varios de sus compañeros  que también cumplían el servicio militar, observando que era custodiado por otros soldados, entrando con sus manos atadas en la espalda  y tirado en el piso de un vehículo militar al interior de ese recinto. [según fs. 251 (tomo I), 418,  510 (tomo II), 735 (tomo III),  entre otros antecedentes].

C.- Que  en la unidad militar existía una patrulla  al mando de Rodríguez Rigo- Richi, señalado como su grupo de confianza y  que estaba designada especialmente para cumplir órdenes de patrullaje, detención, allanamientos que eran ordenadas  por el comandante del regimiento Coronel Santiago Sinclair Oyaneder, [según fs. 1.024,  1.181 y fs. 1.187  (tomo IV) entre otros antecedentes]. En horas de las tarde de días siguientes, la  misma patrulla al mando del Teniente Rodríguez Rigo –Richi,  fue la encargada de trasladar a José Gaston  hasta la comuna de Villarrica, con el propósito de buscar armamento en el sector, pues el propio Buchhorsts habría indicado aquello, recorriendo  varios sectores en los faldeos del volcán Villarrica, sin hallar lo buscado.  Ante esta situación,  el teniente Rodríguez ordenó al Joven José Gastón  excavar y cada ciertos momentos le requería que ingresara dentro de ella, ya que el propósito era hacer su propia tumba. Una vez terminada, ordenó a los soldados conscriptos disparar en contra de Buchhorsts, efectuándolo todos los soldados presentes, ejecutándolo y enterrándolo en ese mismo lugar.  [según fs. 1.060 a fs. 1.062 (tomo IV);, de fs. 1.177 a fs. 1.178, de fs. 1.180 a fs. 1.183 (tomo IV); de fs. 1.186 a fs. 1.187 (tomo IV), entre otros antecedentes]

D.- Que tiempo después varios soldados conscriptos del mismo Regimiento Cazadores de Valdivia,  se enteraron sobre la muerte de José Buchhorsts Fernández en los alrededores de la comuna de Villarrica  [según fs. 251, 275 (tomo I), 418, 491 (tomo II), 724, 735 (tomo III), 1001 (tomo IV), entre otros antecedentes],  recordando alguno de ellos que  incluso reunieron a todo el escuadrón Mortero y le informaron su muerte. [según fs. 587 (tomo II), entre otros antecedentes]

E.- Que pese a lo anterior  y aun cuando su padre fue en reiteradas ocasiones a saber sobre la situación de su hijo, en el Regimiento Cazadores de Valdivia no se le entregó información sobre él, dándole respuestas evasivas, erróneas o ambiguas. Incluso  le manifestaron que estaría en otro recinto militar de la misma comuna de Valdivia, concurriendo hasta ese lugar, no hallando dentro de los detenidos a su hijo.  [fs. 34, (tomo I)].  Con el pasar del tiempo  y al no tener noticias de José Gastón,  varios otros familiares viajaron  en reiteradas oportunidades  a Valdivia, entrevistándose  con un Fiscal Militar de apellido Manterola [fallecido, según fs. 1.234 (tomo IV)], quien les señaló que a  José lo habían llevado a un sector camino al Volcán  Villarrica , pero al intentar escapar se le habría aplicado la Ley de Fuga, siendo ejecutado en el lugar y que su cuerpo habría quedado sepultado en ese mismo sitio, no informándoles la ubicación, ni  permitiéndoles buscar su cuerpo.  [según  fs. 34, 140, 141 (tomo I),  entre otros antecedentes]

F.- Que hasta esta fecha ningún funcionario público  de las Fuerzas Armadas, en especial el mando del Ejército de Chile  que se desempeñaba en  la época de los hechos, ha dado algún antecedente a la autoridad respectiva en relación a lo sucedido con José Gastón Buchhorsts Fernández y la ubicación de su cuerpo manteniendo hasta el día de hoy ocultamiento  de todo tipo de antecedentes  sobre los hechos que se han mencionado en los párrafos precedentes.  Asimismo, según antecedentes del proceso, no hubo instrucción de investigaciones respecto a los hechos que rodearon la detención y ejecución de José Gastón  Buchhorsts Fernández, a pesar que según acta de inscripción de defunción concurrieron a comprobarla el mismos Teniente Luis Rodriguez Rigo-Richi y otros funcionarios del mismos Regimiento Cazadores de Valdivia.

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